Cuando una pareja decide poner fin a su matrimonio en España, la ley ofrece dos vías principales: el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso. Ambas opciones son plenamente válidas y tienen como finalidad disolver el vínculo matrimonial, pero difieren profundamente en cuanto a procedimiento, costes, duración e impacto emocional. Conocer sus características es fundamental para que los cónyuges elijan la vía que mejor se ajuste a su situación personal y familiar.
Por ello, en este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso.
El marco legal del divorcio en España
El divorcio está regulado en el Código Civil (CC), concretamente en los artículos 85 y siguientes. Desde la reforma de 2005, no es necesario alegar causa alguna: basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para solicitarlo. Excepcionalmente, puede pedirse antes si existe riesgo para la integridad física o moral de alguno de los miembros de la familia.
El artículo 86 del CC permite que el divorcio lo solicite uno de los cónyuges, ambos de común acuerdo o uno con el consentimiento del otro. A partir de ahí, la modalidad elegida —mutuo acuerdo o contenciosa— marcará el desarrollo del procedimiento.
Divorcio de mutuo acuerdo: rapidez y colaboración
El divorcio de mutuo acuerdo, también llamado divorcio amistoso, se caracteriza porque ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en las medidas que regirán tras la ruptura. Es, por tanto, un proceso basado en el consenso, donde la pieza central es el convenio regulador, regulado en el artículo 90 del CC.
Este convenio debe recoger, como mínimo:
- A quién se atribuye el uso de la vivienda familiar.
- El régimen de guarda y custodia de los hijos menores, así como el régimen de visitas del progenitor no custodio.
- La cuantía de la pensión de alimentos de los hijos.
- La fijación, si corresponde, de una pensión compensatoria (art. 97 CC).
- La distribución de las cargas y deudas familiares.
- En su caso, la liquidación del régimen económico matrimonial.
- Desde 2022, también es posible incluir disposiciones sobre la custodia de mascotas, tratadas jurídicamente como miembros de la unidad familiar.
¿Cómo se tramita el divorcio de mutuo acuerdo?
Existen tres vías principales:
- Ante notario, mediante escritura pública, siempre que no existan hijos menores de edad o mayores con discapacidad sujetos a medidas de apoyo. Es el conocido como divorcio exprés, que puede resolverse en apenas unos días. Ambos cónyuges deben comparecer personalmente y estar asistidos por un abogado (puede ser el mismo para ambos).
- Ante el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ), cuando tampoco existen hijos menores. El procedimiento es judicial, pero simplificado: basta con presentar la demanda consensuada y el convenio regulador. Tras la ratificación de los cónyuges, el LAJ dicta un decreto de divorcio.
- Ante el juez, si existen hijos menores de edad o mayores con discapacidad. En este caso, el Ministerio Fiscal debe intervenir para garantizar que el convenio protege el interés superior del menor.
En todos estos casos, los cónyuges deberán presentar el convenio regulador firmado por ambos.
Ventajas del divorcio de mutuo acuerdo
- Rapidez: en notaría puede resolverse en días, y en sede judicial suele tardar unas semanas.
- Ahorro económico: los cónyuges pueden compartir abogado y procurador, reduciendo significativamente los costes.
- Menor conflictividad: al existir consenso, se evita un proceso judicial largo y se preserva la relación personal y familiar, algo esencial cuando hay hijos.
- Control sobre las decisiones: son los cónyuges quienes pactan las condiciones, siempre bajo la supervisión judicial o notarial.
Un ejemplo: una pareja sin hijos menores y con un patrimonio sencillo puede tramitar el divorcio ante notario, ahorrando tiempo y dinero. Si, por el contrario, tienen dos hijos de 10 y 13 años, deberán acudir al juez, que valorará el convenio y escuchará la opinión de los menores.
Divorcio contencioso: cuando no hay acuerdo
El divorcio contencioso es necesario cuando uno de los cónyuges no quiere divorciarse o cuando, aun queriéndolo ambos, no existe acuerdo sobre las medidas a adoptar. En este escenario, uno de ellos presenta la demanda y será el juez quien decida por sentencia todas las cuestiones.
El procedimiento se regula en el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Además, desde abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 introduce una novedad importante: antes de presentar la demanda es obligatorio acreditar haber intentado un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC), como la mediación, la conciliación o la negociación. Sin este intento previo, la demanda será inadmitida, salvo en casos de urgencia o violencia de género, situaciones exceptuadas del intento de MASC previo.
Etapas del proceso del divorcio contencioso
- Intento de MASC: salvo excepciones, debe intentarse una solución extrajudicial y dejar constancia documental.
- Presentación de la demanda: con abogado y procurador propios. Debe incluir la propuesta de medidas sobre custodia, pensiones, vivienda, etc.
- Contestación de la demanda: el otro cónyuge dispone de 20 días hábiles para responder.
- Práctica de prueba y vista oral: ambas partes presentan documentos, testigos, informes periciales (como los de equipos psicosociales) y sus alegaciones ante el juez.
- Intervención del Ministerio Fiscal: obligatoria si existen hijos menores o mayores con discapacidad.
- Sentencia: el juez declara disuelto el matrimonio y fija las medidas relativas a custodia, pensiones, vivienda y régimen de visitas.
Consecuencias del divorcio contencioso
Este procedimiento es más largo y costoso que el de mutuo acuerdo, porque cada parte debe contar con su propio abogado y procurador, y porque la fase probatoria puede extender el proceso durante meses. Además, el desgaste emocional es mayor: la confrontación en los tribunales puede deteriorar aún más la relación entre los cónyuges y afectar a los hijos.
No obstante, en determinadas circunstancias es la única vía viable. Por ejemplo, en casos de desacuerdo absoluto sobre la custodia de los hijos o cuando existen episodios de violencia o maltrato, la intervención judicial se convierte en una garantía de protección y de imparcialidad.
Principales diferencias entre el divorcio de mutuo acuerdo y el contencioso
Como hemos visto, aunque ambos producen el mismo efecto jurídico —la disolución del vínculo matrimonial—, existen diferencias notables:
| Aspecto | Divorcio de mutuo acuerdo | Divorcio contencioso |
| Iniciativa | Ambos cónyuges o uno con consentimiento del otro. | Uno de los cónyuges sin acuerdo del otro. |
| Convenio regulador | Pactado por las partes y aprobado por el juez o notario. | No existe convenio: el juez impone las medidas. |
| Duración | Entre 1 y 3 meses, incluso menos en vía notarial. | De 9 meses a 2 años. |
| Coste | Menor, al compartir abogado y procurador. | Mayor: cada parte necesita defensa propia y posibles peritajes. |
| Relación futura | Favorece la cooperación y el entendimiento. | Puede intensificar el conflicto y afectar a los hijos. |
¿Qué vía conviene más?
La decisión depende de cada caso. Si existe voluntad de colaboración, el divorcio de mutuo acuerdo es claramente preferible: más rápido, económico y respetuoso con la estabilidad familiar. Es la mejor vía para reorganizar la vida tras la ruptura, especialmente si hay hijos menores.
Sin embargo, cuando el desacuerdo es insalvable o cuando hay riesgo para una de las partes, el divorcio contencioso es inevitable. En ese escenario, el juez garantiza la protección de los derechos de ambos cónyuges y, sobre todo, de los menores implicados.
En conclusión, el divorcio no es solo una decisión personal, sino un proceso jurídico que reorganiza aspectos tan relevantes como la custodia de los hijos, el uso de la vivienda o la situación económica de los cónyuges. Conocer las diferencias entre el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso permite afrontar esta etapa con mayor claridad y seguridad.
Siempre que sea posible, optar por el mutuo acuerdo evita largos litigios y preserva la serenidad familiar. Pero cuando el diálogo es imposible, la vía contenciosa asegura una resolución judicial justa. En ambos casos, contar con un asesoramiento jurídico especializado es esencial para garantizar que los derechos de cada parte y, en su caso, de los hijos, queden debidamente protegidos.

