Las deudas entre particulares son más comunes de lo que parece. Ya sea un préstamo entre amigos, familiares o un acuerdo informal entre personas, el problema surge cuando el deudor no cumple con su obligación de pago. A diferencia de las deudas con empresas o entidades bancarias, las reclamaciones entre personas físicas pueden parecer más complicadas, pero la legislación española ofrece diversas vías para exigir el cumplimiento de una obligación dineraria.
En este artículo explicaremos los pasos a seguir, los documentos que se requieren y las alternativas legales para reclamar deudas entre particulares.
¿Cuándo se considera una deuda exigible?
Para que una deuda pueda ser reclamada legalmente, debe cumplir con ciertos requisitos:
- Existencia de la deuda: Debe haber una relación jurídica que justifique la obligación de pago, como un contrato verbal o escrito, un préstamo o una factura impagada.
- Vencimiento y exigibilidad: La deuda debe estar vencida, es decir, que haya pasado el plazo acordado para su pago.
- Identificación del deudor y del acreedor: Debe quedar claro quién es la persona que debe pagar y quién tiene derecho a reclamar.
La existencia de la deuda: Documentación necesaria
El primer paso para reclamar una deuda es acreditar su existencia. La carga de la prueba recae en quien reclama, por lo que resulta fundamental contar con documentos que respalden la obligación de pago. Entre los documentos válidos para probar la existencia de la deuda se incluyen:
- Contratos privados: Cualquier documento firmado entre las partes donde se establezcan las condiciones del préstamo o deuda.
- Recibos o justificantes de pago parcial: Si el deudor ha efectuado pagos parciales, esto puede demostrar la existencia de la obligación.
- Correos electrónicos, WhatsApp u otras comunicaciones: En algunos casos, pueden ser admitidos como prueba si reflejan un reconocimiento expreso de la deuda.
- Testigos: Si la deuda fue contraída en presencia de terceros, su testimonio puede ser útil.
Vía extrajudicial: Intento de cobro amistoso
Antes de acudir a los tribunales, es recomendable intentar una reclamación amistosa. Esto no solo puede evitar costes procesales, sino que también agiliza la solución del conflicto. Para ello se debe:
- Enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido: Este documento tiene valor probatorio y deja constancia de la reclamación realizada.
- Indicar claramente el importe debido, el origen de la deuda y el plazo para su pago.
- Ofrecer opciones de pago si se considera viable un fraccionamiento de la deuda.
- Advertir de que, en caso de no pagar, se iniciarán acciones legales.
El burofax sirve como prueba en caso de que el asunto deba resolverse judicialmente, ya que demuestra la voluntad del acreedor de resolver la situación sin necesidad de recurrir a los tribunales.
Vía judicial: Procedimientos para reclamar la deuda ante los tribunales
Si el intento amistoso fracasa, existen varias opciones para reclamar una deuda entre particulares en función del importe y la situación específica.
-
Proceso monitorio
Este procedimiento, regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), es el más rápido y sencillo para reclamar deudas dinerarias cuyo plazo de pago haya vencido (deudas líquidas, determinadas, vencidas y exigibles), siempre que la deuda esté documentada a través de contratos firmados, facturas, albaranes o recibos.
Pasos del proceso monitorio
- Presentación de la demanda monitoria ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor, junto con la documentación acreditativa de la deuda. No es necesario abogado ni procurador si la cantidad reclamada es inferior a 2.000 euros.
- Requerimiento de pago: El juzgado notifica al deudor y le concede 20 días hábiles para pagar o presentar alegaciones.
- Si el deudor paga, el procedimiento finaliza. Si el deudor no paga ni se opone, se dicta un decreto donde se fija la cantidad debida. Este decreto es título ejecutivo, es decir, con tal resolución puede el acreedor acudir a la vía ejecutiva para que se proceda al embargo de bienes del deudor.
Procedimiento verbal o procedimiento ordinario
Si la deuda no está respaldada por documentos firmados por el deudor, se seguirá un procedimiento judicial distinto dependiendo de la cantidad debida:
- Juicio verbal: Para reclamaciones de hasta 15.000 euros.
- Juicio ordinario: Para reclamaciones superiores a 15.000 euros.
La demanda debe presentarse ante el Juzgado de primera instancia del domicilio del deudor, detallando la relación entre acreedor y deudor y la cantidad debida. Además, se deben aportar pruebas como testigos, correos electrónicos, conversaciones de WhatsApp, transferencias bancarias, etc. Si la deuda es superior a 2.000 euros, es obligatorio contar con abogado y procurador.
Ejecución de la deuda y embargos
Si el deudor no paga tras la sentencia o el procedimiento monitorio, se puede iniciar la ejecución forzosa de la deuda (artículo 517 de la LEC y siguientes). En este caso, el juzgado puede ordenar embargos sobre:
- Salario o pensión (respetando los límites del artículo 607 de la LEC).
- Bienes inmuebles o cuentas bancarias.
- Vehículos y otros activos del deudor.
Para ello, se debe presentar una demanda de ejecución y el juzgado notificará al deudor, procediendo a los embargos si es necesario.
Prescripción de las deudas entre particulares
Es importante actuar dentro del plazo legal de prescripción para evitar que la deuda se extinga. Según el artículo 1964 del Código Civil, la acción para reclamar una deuda entre particulares prescribe a los 5 años desde que la obligación es exigible. No obstante, algunas deudas pueden tener plazos de prescripción distintos según su naturaleza.
En conclusión, reclamar una deuda entre particulares puede ser un proceso tedioso si no se siguen los pasos adecuados. La legislación española ofrece herramientas como el procedimiento monitorio y la ejecución de embargos para garantizar el cumplimiento de las obligaciones. No obstante, la mejor estrategia siempre será intentar una solución amistosa antes de acudir a la vía judicial. Contar con documentos que acrediten la deuda y actuar dentro del plazo de prescripción son claves para el éxito en una reclamación.
Si te encuentras en una situación similar, consultar a un abogado especializado puede ayudarte a agilizar el proceso y asegurar que la reclamación se realice de manera efectiva.